España será el primer país de Europa en contabilizar oficialmente todos los feminicidios
La ministra de Igualdad, Irene Montero, junto a la secretaria de Estado contra la Violencia de Género, Ángela Rodríguez; y la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell comparecieron el pasado 20 de diciembre para informar del nuevo mecanismo para la contabilización de los feminicidios.
La contabilización de los feminicidios se llevará a cabo en las siguientes categorías:
Feminicidio en la pareja o expareja. Asesinato de una mujer en los términos previstos en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (ámbito de la pareja o expareja).
Feminicidio familiar. Asesinato de una mujer por hombres de su entorno familiar.
Feminicidio sexual. Asesinato de una mujer sin relación de pareja ni familiar vinculado a las violencias sexuales incluidas en el Proyecto de Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual. Incluidas también los feminicidios relacionados con la explotación sexual, trata o prostitución. También a la mutilación genital femenina o matrimonio forzado.
Feminicidio social. Asesinato de una mujer por una agresión, de carácter no sexual, por parte de un hombre con el que no se tenía una relación de pareja ni era familiar (un desconocido, un compañero de trabajo, un vecino, un amigo, empleador etc.).
Feminicidio vicario. Asesinato de una mujer o hijos/as menores de edad, por parte de un hombre como instrumento para causar perjuicio o daño a otra mujer. Se recogen exclusivamente mujeres y menores (niños y niñas).