Hasta la fecha se contaba con el dato oficial de mujeres con discapacidad asesinadas cada año a manos de sus parejas o exparejas. Esto ha permitido poner en evidencia que sistemáticamente un diez por ciento aproximadamente de ese fatídico total está conformado por mujeres con algún tipo de discapacidad.
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, el movimiento feminista de la discapacidad ha reivindicado arduamente la necesidad de que las políticas de prevención y abordaje de la violencia de género tomaran en consideración la diversidad de las mujeres. Un punto fundamental en la agenda era, precisamente, dotar al sistema estadístico oficial de indicadores que permitieran explotar la información registrada atendiendo a esa diversidad. La discapacidad seguía siendo una variable inexistente y, por ende, la invisibilidad de la violencia de género hacia las mujeres con discapacidad, un punto del orden del día nunca abordado convenientemente.
En el año 2004 y gracias a la presión y aportaciones realizadas por el movimiento social de la discapacidad, la Ley 1/2004 incluyó previsiones normativas que tenían en cuenta la específica situación de las mujeres de este sector de la población, aunque su aplicación, tal y como ha ocurrido con otras prescripciones también contenidas en esta ley, ha sufrido avances y retrocesos. El Pacto de Estado contra la Violencia de Género, pergeñado en el año 2017, constituyó una oportunidad muy necesaria para reactivar medidas.
Ahora con la aprobación por el Congreso de los Diputados el pasado 20 de diciembre de la modificación de la reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial para adaptarla al Pacto de Estado contra la Violencia de Género se ha dado un importante paso adelante al incorporar la formación obligatoria de la judicatura en materia de igualdad, la inclusión de la discapacidad de las víctimas en las estadísticas, así como la garantía de accesibilidad de los entornos judiciales.