Un seminario aborda el significado y alcance de la histórica reforma del artículo 49 de la Constitución

Participarán el presidente del CERMI, Luis Cayo Pérez Bueno y la vicepresidenta ejecutiva de la Fundación CERMI Mujeres, Ana Peláez Narváez

El Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC), con la colaboración del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), organiza el seminario ‘Los derechos de las personas con discapacidad: la reforma del artículo 49 de la constitución’ el próximo 15 de abril en formato híbrido (presencial y telemático).

Dicho seminario abordará el significado de la histórica reforma del artículo 49 de la constitución. En él participarán el presidente del CERMI, Luis Cayo Pérez Bueno, así como la presidenta del Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la mujer y vicepresidenta ejecutiva de la Fundación CERMI Mujeres, Ana Peláez Narváez.

La inauguración de esta jornada correrá a cargo de la directora del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Rosario García Mahamut y del ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones en las Cortes, Félix Bolaños García.

Asimismo, estarán presentes e intervendrán otros representantes como el director general de Derechos de las Personas con Discapacidad, Jesús Martín Blanco o el presidente del Órgano Rector Foro de Justicia y Discapacidad, el magistrado Juan Manuel Fernández Martínez, entre otros.

La reforma del artículo 49 de la constitución supuso un hito político y cívico que permite reforzar los derechos y deberes de los que son titulares las personas con discapacidad.

El seminario del CEPC y del CERMI reúne a la comunidad científica, política y cívica para examinar y valorar el contenido, sentido y alcance de la primera reforma social de la Constitución Española, protagonizada por la propia sociedad civil de la discapacidad.

Enlace a la web de información e inscripción: https://www.cepc.gob.es/agenda/seminario-los-derechos-de-las-personas-con-discapacidad-la-reforma-del-articulo-49-de-la