Mujer

Declaración del Comité CEDAW sobre el 40 Aniversario de la Convención


El 18 de diciembre de 1979 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer. La CEDAW ha sido ratificada por 187 Estados, entre ellos España, que la ratificó en el año 1984. Con ello, los Estados se comprometen a adoptar, por todos los medios y en todos los ámbitos, políticas encaminadas a condenar y eliminar cualquier tipo de discriminación contra las mujeres. Además, CEDAW estableció un Comité, con objeto de examinar los esfuerzos de los Estados, para velar por el pleno desarrollo y adelanto de las mujeres, a fin de que puedan ejercer y disfrutar de sus derechos humanos y libertades fundamentales en plano de igualdad con los hombres.

El 40 aniversario de CEDAW precede la próxima celebración y revisión de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y los 20 años desde la aprobación de la resolución 1325 del Consejo de Seguridad de la ONU sobre mujeres, paz y seguridad, así como los cinco años de trabajo para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible antes de 2030 y el 25 aniversario de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, brindándonos todos estos hechos, por lo tanto, una oportunidad única para celebrar los logros de las últimas décadas y reflexionar sobre el trabajo que queda aún por hacer.

 

Logros de la Convención

 

Desde que entró en vigor la Convención y se constituyó el Comité, gracias a CEDAW se han examinado cientos de informes de Estados partes.

 

  • En muchos Estados partes se han introducido reformas constitucionales, legislativas y administrativas, dando respuesta a las recomendaciones del Comité de la CEDAW para eliminar la discriminación contra la mujer y para prevenir la violencia de género contra la mujer.

  • Desde la entrada en vigor del Protocolo Facultativo de la Convención, el Comité ha adoptado decisiones definitivas sobre comunicaciones individuales en 108 casos. En 32 de estos casos, el Comité dictaminó que se habían violado los derechos de la persona. Tan solo en 14 casos se ha mostrado satisfecho el Comité con las medidas adoptadas por el Estado parte en cuestión.

  • Asimismo, el Comité examina un número creciente de escritos presentados según el procedimiento de investigación confidencial que contempla el artículo 8 del Protocolo Facultativo en relación con supuestas violaciones graves o sistemáticas de los derechos humanos. Desde que entró en vigor este procedimiento, el Comité ha adoptado y ha publicado cinco informes de investigación para denunciar violaciones graves o sistemáticas de los derechos consagrados en la Convención. 

  • Hasta la fecha, el Comité ha adoptado 37 Recomendaciones Generales para interpretar el carácter y alcance de las obligaciones de los Estados partes en virtud de la Convención y, entre ellas, algunas Recomendaciones Generales emblemáticas, como son la RG No 19 (violencia contra la mujer), la RG No 30 (mujeres en la prevención de conflictos y en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos), la RG No 35 (violencia por razón de género contra la mujer, por la que se actualiza la recomendación general núm. 19) y la RG No 37 (las dimensiones de género de la reducción del riesgo de desastres en el contexto del cambio climático). Actualmente el Comité CEDAW está elaborando una nueva recomendación general sobre la trata de mujeres y niñas en el contexto de la migración global.

  • En relación con la igualdad de género, es digna de destacar la labor del Comité de la CEDAW para la aplicación de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, y en particular en lo que se refiere a la meta 5.1 (poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo). En noviembre de 2019, el Comité de CEDAW aprobó una nota orientativa dirigida a Estados partes para la elaboración de informes periódicos en el contexto de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Además, en las Observaciones Finales del Comité se incluyen de manera sistemática referencias a los ODS.

 

Retos actuales de la CEDAW

 

El Comité de CEDAW tiene un papel determinante que desempeñar para garantizar que las normas internacionales se incorporen en los ordenamientos jurídicos nacionales y que se establezcan organismos y procedimientos para hacer cumplir estas leyes. 

 

  • La ratificación de la Convención es casi universal y debería aplicarse en todos los Estados. Sin embargo, sólo 113 Estados partes han ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención, así que es preciso redoblar los esfuerzos por aumentar las ratificaciones de este instrumento importante.

  • Aun teniendo un grado alto de ratificación, muchos Estados partes mantienen reservas, y en particular al artículo 2 (la obligación del Estado a eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer) y al artículo 16 sobre la igualdad de la mujer y el hombre en el matrimonio y las relaciones familiares, permitiendo así que existan leyes discriminatorias en materia de cuestiones familiares.  

  • La Convención constituye una base única y jurídicamente vinculante de derechos humanos para avanzar en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la agenda de paz y seguridad para la mujer. La labor del Comité de la CEDAW ha sido vital para agilizar la aplicación de estos compromisos políticos, y es necesario revisarlos teniéndolo en cuenta para poder elaborar una futura hoja de ruta para reducir la brecha de género y conseguir la igualdad de género más allá de 2020. 

  • Asimismo, dado que la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer supone una plataforma importante para analizar y reformular políticas globales en materia de igualdad de género y el empoderamiento de la mujer, es necesario construir vínculos estrechos entre la Comisión y los resultados de los diálogos constructivos y las recomendaciones del Comité de la CEDAW.