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CERMI Mujeres insiste en la importancia de proteger los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad y evitar situaciones de discriminación a través de mecanismos internacionales de derechos humanos


La Fundación CERMI Mujeres (FCM) ha insistido en la importancia de proteger los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad a través de mecanismos internacionales de los Derechos humanos, como la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad de la ONU (CRPD, por sus siglas en inglés) y la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés).
Logotipo de EDF
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Logotipo de EDFAsí lo ha manifestado durante un seminario web sobre el uso de los protocolos facultativos de estos dos tratados de la ONU, organizado por el Foro Europeo de la Discapacidad (EDF) en colaboración con la Alianza Internacional de la Discapacidad (IDA).

 

El objetivo de esta actividad ha sido introducir estos Protocolos Facultativos, que ofrecen la posibilidad a los Estados que los hayan ratificado de presentar quejas individuales e iniciar investigaciones ante la vulneración sistemática de derechos, compartiendo experiencias en su uso por parte de las organizaciones del sector de la discapacidad con respecto a la defensa de derechos de mujeres con discapacidad.

 

Durante la jornada, han participado la vicepresidenta del Foro Europeo de la Discapacidad, vicepresidenta del Comité CEDAW y vicepresidenta de la Fundación CERMI Mujeres, Ana Peláez; la oficial de derechos humanos de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Theodora Krumova; la gerente del Observatorio internacional de acciones por los derechos de las mujeres de Asia Pacífico, Ishita Dutta; el Asesor de derechos humanos de la Alianza Internacional de la Discapacidad (IDA), Juan Ignacio Pérez; y la directora de la Fundación Validity, Ann Campbell.

 

De esta forma, se ha puesto de manifiesto que de conformidad con estos dos Protocolos Facultativos de estas convenciones los Comités disponen de un mandato para recibir comunicaciones de personas o grupos de personas que le presenten denuncias sobre violaciones de los derechos amparados por ambos tratados, y también para iniciar investigaciones sobre casos de violaciones graves o sistemáticas de los derechos, tanto de personas con discapacidad, como de mujeres con discapacidad. Además, se ha explicado que estos procedimientos son facultativos y sólo están disponibles si el Estado interesado los ha ratificado y aceptado las denuncias presentadas.

 

De esta manera, los Comités también formulan sus recomendaciones y sugerencias por medio de dictámenes a los Estados en relación con los artículos vulnerados.

 

Por ello, se ha puesto de manifiesto la importancia de recurrir a los Protocolos Facultativos, tanto para presentar comunicaciones individuales como para iniciar una investigación a un determinado estado por una violación constante y sistemática de los derechos humanos de las mujeres y niñas con discapacidad.

 

Por último, se han puesto sobre la mesa diferentes ejemplos de violaciones de derechos humanos sobre mujeres y niñas con discapacidad, y se ha instado a organizaciones, instituciones y administraciones a tenerlas en cuenta y a utilizar los diferentes mecanismos de Naciones Unidas para que puedan disfrutar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.