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Informe de la Fundación CERMI Mujeres

Examen Periódico Universal, España a evaluación


Entre enero y febrero próximo, España se va a someter al Examen Periódico Universal (EPU) y en este contexto, la Fundación Cermi Mujeres (FCM) realizó, por un lado, aportaciones en relación a las consultas con organizaciones de la sociedad civil que el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación lanzó a fin de poder terminar el informe que España va a presentar como Estado miembro de Naciones Unidas en su examen sobre la situación de derechos humanos en el país.
Logotipo del EPU
Logotipo del EPU

Logotipo del EPUPor otro lado, la FCM presentó su propio informe a fin de que sea tenido en cuenta por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) quien elabora un resumen de la información de todos los actores interesados.

 

¿Qué es el EPU, para qué sirve y cómo funciona?

 

A través del mecanismo llamado examen periódico universal (EPU), el Consejo de Derechos Humanos examina periódicamente el cumplimiento de las obligaciones y los compromisos en materia de derechos humanos por parte de los 193 Estados Miembros de las Naciones Unidas.

 

El examen de un Estado se basa en tres documentos:

 

- un informe nacional elaborado por el Estado que se examina;

 

- una compilación de información de las Naciones Unidas sobre el Estado objeto de examen preparada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH);

 

- un resumen de la información presentada por otros actores interesados (incluidos los representantes de la sociedad civil), también elaborado por el ACNUDH.

 

El proceso del EPU tiene un ciclo de cuatro años y consiste en el cumplimiento de los siguientes cuatro pasos:

 

1) Preparación de la información para el examen. Esta preparación abarca información del Estado, incluida la recabada en amplias consultas nacionales de las que FCM ha participado; la compilación de información de las Naciones Unidas preparada por el ACNUDH; y, el resumen de las contribuciones de los otros actores interesados (preparado también por el ACNUDH), del cual la FCM ha presentado contribuciones mediante un informe individual.

 

2) Grupo de Trabajo sobre el EPU. El grupo de trabajo se reúne todos los años en Ginebra en tres periodos de sesiones y en cada periodo de sesiones se realiza el examen de 14 Estados (42 Estados por año). Celebra un diálogo interactivo con el Estado examinado, adopta un informe con recomendaciones, conclusiones y compromisos voluntarios. Finalmente, el Estado examinado indica en esta etapa o durante la adopción del resultado del EPU por parte del Consejo, unos meses después, qué recomendaciones son las que acepta y cuáles no.

 

3) Implementación de los resultados. Ésta, es una responsabilidad del Estado concernido al que se le alienta a celebrar amplias consultas con los otros actores interesados pertinentes. El Fondo de Contribuciones Voluntarias para la asistencia financiera y técnica debe ser reforzado y empezar a funcionar Prestación de asistencia por parte de las representaciones nacionales y regionales de las Naciones Unidas a los Estados que la soliciten. 

 

4) Periodo ordinario de sesiones del Consejo de Derechos Humanos. El Consejo dedica una hora a la adopción del resultado del examen Los Estados examinados, los Estados miembros y observadores del Consejo, así como los otros actores interesados tienen la oportunidad de expresar sus opiniones antes de la adopción del resultado y, el Consejo adopta el resultado del EPU.

 

La información de nuestro informe incluida en el resumen se publicará posteriormente en el sitio web del ACNUDH como documento de referencia. Sin embargo, aquí contamos algunas pinceladas de las que abarca nuestro informe, que incluyó:

 

- información sobre la aplicación de las recomendaciones formuladas al término del ciclo anterior del EPU que tienen que ver con la misión y visión de FCM;

 

- información actualizada sobre el tema en cuestión;

 

- recomendaciones a España como Estado examinado. 

 

En este último aspecto, la FCM se detuvo en cuestiones sobre la igualdad y no discriminación, violencia, esterilización forzosa, empleo y salud. 

 

Las recomendaciones que la FCM presentó en cuestiones de igualdad y no discriminación versaron en la necesidad de adoptar medidas legislativas y políticas, necesarias para abordar las discriminaciones múltiples. Además, la FCM recomendó que el gobierno aplique medidas, incluidas medidas especiales de carácter temporal (Artículo 4.1 de la CEDAW) para garantizar la igualdad de derechos y oportunidades para las mujeres y niñas que enfrentan discriminaciones múltiples e interseccionales, en particular las mujeres con discapacidad.

 

En cuestiones de violencia, la FCM recomienda que España revise su legislación sobre la violencia contra la mujer, tal como recomendó el Comité de la CEDAW. Hay otras formas de violencia que no están contempladas en la Ley Orgánica 1/2004 y las mujeres con discapacidad se enfrentan a la práctica de esterilizaciones forzosas y violencia ejercida en el entorno familiar, en el lugar de trabajo y por sus cuidadores.

 

También recomienda que se brinde información y datos sobre todas las formas de violencia contra las mujeres, incluidas las formas de violencias contenidas en el Convenio de Estambul cuya ratificación el Estado data desde el 2014.

 

La FCM considera fundamental y recomienda al Estado que se ponga en funcionamiento las medidas del eje 3 del Pacto de Estado contra la violencia de género, especificando cuáles son los recursos y estructuras para tal fin. Del mismo modo, establece la necesidad de disponer de un registro de datos de las violencias, incluidos los abusos sexuales de las mujeres institucionalizadas, señalando cuáles son los recursos que se encuentran a disposición de las mujeres víctimas de violencia en instituciones, incluidas las mujeres institucionalizadas bajo el marco de la salud mental.

 

Recomienda también, que se brinde información detallada del número y tipo de casos denunciados, contenidos, procesamientos y sentencias condenatorias de violencias cometidas contra mujeres, incluidas mujeres con discapacidad. Y que se desarrolle una Macroencuesta sobre violencia hacia las mujeres con discapacidad. Esta Macroencuesta permitirá comparar las situaciones entre mujeres con y sin discapacidad, conociendo la prevalencia real en cada caso, lo que permitirá un diseño y puesta en práctica de políticas públicas que ofrezcan respuestas eficaces a todas las mujeres sin excepción.

 

En lo concerniente a la esterilización forzosa, se recomienda eliminar de manera definitiva el Artículo 156 del Código Penal y establecer una base de datos de resoluciones judiciales que autorizan la esterilización de personas con discapacidad desglosadas por sexo y edad.

 

En cuestiones de empleo, la FCM recomienda elaborar estrategias para atacar la precariedad laboral y la brecha salarial en las mujeres en situación de vulnerabilidad, incluidas las mujeres con discapacidad. Además, recomienda elaborar y poner en funcionamiento estrategias y planes para atacar la infrarrepresentación de las mujeres con discapacidad en el mercado laboral, así como su precariedad laboral.

 

La FCM considera fundamental hacer efectivas medidas, sobre todo de carácter temporal, dirigidas a las mujeres con discapacidad emprendedoras, incluidas las que viven en zonas rurales. Del mismo modo, recomienda que se recojan datos acerca de la proporción de tiempo dedicado al trabajo doméstico y asistencial no remunerado, desglosado por sexo edad y ubicación, teniendo especial consideración a las mujeres con discapacidad.

 

Recomienda también que se ratifique el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (núm. 189) de la Organización Internacional del Trabajo.

 

En cuestiones de salud, la FCM recomienda que se recojan datos cualitativos respecto a los servicios de cobertura prenatal, incluida la accesibilidad sensorial, física y cognitiva, además de brindar datos (cuantitativos y cualitativos) acerca de la proporción y la razón de mujeres con discapacidad embarazadas que, al momento de parir, son sometidas a cesáreas.

 

Recomienda también que se implementen medidas de atención postnatal para las mujeres con discapacidad, incluidas las mujeres con discapacidad psicosocial e intelectual, y que se elaboren estrategias para mejorar la atención al parto normal e implementar medidas teniendo en consideración los resultados de la primera evaluación de la Estrategia de Atención al Parto Normal.

 

Recomienda, además, que se actualicen, modifiquen y pongan en funcionamiento medidas destinadas a mejorar la atención en la salud primaria, incluida la accesibilidad, la disponibilidad y asequibilidad de los servicios de salud para todas las mujeres, incluidas las mujeres con discapacidad.

 

Por último, la FCM recomienda actualizar, modificar y poner en funcionamiento medidas destinadas a modificar la legislación vigente relativa al aborto, en concreto sobre las medidas destinadas a imponer la voluntad del/de la representante legal o, a imponer el consentimiento por representación a las mujeres con discapacidad que tengan la voluntad y deseo de abortar legalmente.