Reportaje

Cómo considerar a las mujeres y niñas con discapacidad en la próxima Estrategia Europea de Igualdad de Género

El EDF exige la adopción de una estrategia ambiciosa y dotada de recursos suficientes para el periodo post-2019
Durante la última década la Comisión Europea ha adoptado su Estrategia para la igualdad entre mujeres y hombres (2010-2015) y el Compromiso estratégico para la igualdad entre mujeres y hombres 2016-2019. Desgraciadamente, en ninguno de estos dos instrumentos se incluía o se abordaba la situación específica de las mujeres y niñas con discapacidad, y menos aún de las madres cuidadoras de personas con discapacidad, pese a ser una población que sufre discriminaciones múltiples constantes y otras violaciones graves de sus derechos fundamentales.
La vicepresidenta ejecutiva de la Fundación CERMI Mujeres (FCM) y vicepresidenta del Foro Europeo de la Discapacidad (EDF, por sus siglas en inglés), Ana Peláez Narváez en su intervención
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La vicepresidenta ejecutiva de la Fundación CERMI Mujeres (FCM) y vicepresidenta del Foro Europeo de la Discapacidad (EDF, por sus siglas en inglés), Ana Peláez Narváez en su intervenciónEn 2015, en sus Observaciones finales sobre el informe inicial de la Unión Europea, el Comité de la CRPD de Naciones Unidas adoptó recomendaciones específicas que debe seguir la UE en relación con las mujeres y niñas con discapacidad. Más concretamente, el Comité recomendó a la Unión Europea que incorporara la perspectiva de las mujeres y niñas con discapacidad en la nueva estrategia de igualdad de género y en sus políticas y programas en esta materia; que igualmente incorporara la perspectiva de género en sus estrategias sobre discapacidad, y que formulara medidas de acción afirmativa para promover los derechos de las mujeres y las niñas con discapacidad. El Comité de la ONU también le solicitó a la Unión Europea que estableciera un mecanismo para supervisar los progresos realizados en la igualdad y no discriminación de esta población femenina, dedicando financiación para la investigación y la reunión de datos sobre su situación concreta. Por último, el Comité de la CRPD también recomendó a la Unión Europea que se adhiriera al Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul) como un paso más para combatir la violencia contra las mujeres y las niñas con discapacidad.

 

Por todo ello, el EDF exige la adopción de una estrategia europea de igualdad de género ambiciosa y dotada de recursos suficientes para el periodo post-2019. La estrategia debe abordar las formas de discriminación múltiple y discriminación interseccional que padecen las mujeres y niñas con discapacidad y otros colectivos marginados. La estrategia debe basarse en los derechos fundamentales de las mujeres y niñas con discapacidad de la Unión Europea, tal y como se establecen en los tratados de la UE, la Carta de los Derechos Fundamentales y la CRPD de Naciones Unidas, de la que forman parte la UE y todos sus Estados Miembros. Asimismo, la estrategia debe ser coherente con las acciones externas de la UE y con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

 

1. Garantizar un enfoque holístico e interseccional de la igualdad de género

 

Al objeto de garantizar que en sus políticas de género la Comisión Europea no deje atrás a ninguna mujer o niña, el EDF recomienda la inclusión de los siguientes aspectos en su próxima estrategia de igualdad de género:

 

  • La Comisión Europea debe centrar sus esfuerzos en todas las mujeres y en la discriminación interseccional y múltiple que sufren, por ejemplo por razón de discapacidad, edad, raza, orientación sexual, identidad de género, religión o creencias. Se debe incorporar la perspectiva de género y una perspectiva interseccional en todas las políticas de la UE. De modo particular, la Comisión Europea debe asegurar la inclusión de la discapacidad en la promoción de la igualdad de género y de los derechos de la mujer en todo el mundo, por ejemplo en la aplicación de la iniciativa Spotlight.

  • Es necesario consultar e implicar a las mujeres y niñas de los colectivos más marginados en la elaboración, aplicación y seguimiento de las políticas y los programas de la UE que las afectan. En particular, la Comisión Europea debe asegurar que participen las mujeres y niñas con discapacidad, conforme a lo establecido en el artículo 4.3 de la CRPD, garantizando la disponibilidad de información en formatos accesibles, la accesibilidad de los procesos de consulta y la prestación de ajustes razonables. Es preciso poner financiación a disposición de las mujeres y niñas con discapacidad y sus organizaciones representativas, para así ayudar a desarrollar su capacidad de implicación en los procesos públicos de toma de decisiones.

 

Asimismo, la nueva estrategia debe incorporar referencias a la CRPD, un análisis pormenorizado de la situación de las mujeres y niñas con discapacidad, y objetivos, iniciativas, metas e indicadores relativos a las mujeres y niñas con discapacidad.

Todas las iniciativas en materia de igualdad de género deben incorporar a las mujeres y niñas con discapacidad.

 

2. Combatir la violencia de género y la violencia doméstica

 

La vicepresidenta ejecutiva de la Fundación CERMI Mujeres (FCM) y vicepresidenta del Foro Europeo de la Discapacidad (EDF, por sus siglas en inglés), Ana Peláez Narváez con la responsable de igualdad Las mujeres y niñas con discapacidad tienen entre dos y cinco veces más probabilidades de estar expuestas a la violencia que las demás mujeres y niñas. A modo de ejemplo, 6 de cada 10 mujeres con discapacidad intelectual dice haber sufrido abuso sexual. La violencia puede producirse en distintos entornos, incluso en instituciones y en centros educativos segregados, y puede adoptar varias formas, incluyendo la violencia sexual y también el aborto forzado y la esterilización forzada.

 

Asimismo, las mujeres y niñas con discapacidad tienen más dificultades para denunciar la violencia y hacer valer sus derechos debido a la falta de accesibilidad y barreras jurídicas. Por ejemplo, es posible que las comisarías de la policía, los tribunales e incluso los centros de acogida de víctimas no sean accesibles para las mujeres usuarias de silla de ruedas, y los teléfonos de emergencia pueden ser inaccesibles para las mujeres sordas.

 

Para poder abordar la violencia de género y la violencia doméstica, el EDF recomienda a la Comisión Europea que dé prioridad a las siguientes acciones:

 

  • Adhesión y aplicación del Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul).

  • Introducción de legislación europea nueva para combatir la violencia de género, como podría ser una directiva para la eliminación de la violencia contra la mujer, con la inclusión de las mujeres con discapacidad, que incorporara medidas para combatir el aborto forzado y la esterilización forzada, y en particular en el caso de las mujeres y niñas con discapacidad y las mujeres y niñas romaníes.

  • Garantizar que se aborde la violencia de género en las políticas y estrategias pertinentes de la UE (en materia, por ejemplo, de educación, ayuda humanitaria, la agenda digital, etc.). Todas estas acciones deben formar parte de una estrategia integral de la UE para poner fin a la violencia contra las mujeres y niñas que incluya medidas de prevención y sensibilización y a favor de la aplicación de la directiva sobre los derechos de las víctimas de la UE.

  • Recopilación de datos y elaboración de investigaciones sobre las causas fundamentales, la prevalencia, las consecuencias y el coste de la violencia de género y la violencia doméstica. Los datos y las investigaciones deben desagregarse para poder informar sobre la situación específica de los colectivos marginados, incluidas las mujeres y niñas con discapacidad.

  • Formación y desarrollo de capacidad de los profesionales, como por ejemplo los proveedores de servicios de apoyo, los profesionales sanitarios y los del sistema judicial. Todos los profesionales deben recibir formación sobre la violencia contra la mujer, y en particular aquellos que trabajen con colectivos marginados de mujeres como las mujeres y niñas con discapacidad, incluidas las que viven en instituciones.

 

3. Combatir prejuicios y sesgos inconscientes

 

Portada del documento 'Compromiso estratégico para la igualdad entre hombres y mujeres 2016-2019'Además de los estereotipos de género, las mujeres y niñas con discapacidad son víctimas de sesgos y prejuicios adicionales por motivo de su discapacidad. Estos sesgos tienen un impacto directo, por ejemplo, en el reconocimiento de su capacidad jurídica, en su acceso a la justicia, y en el respeto por sus derechos y su salud sexuales y reproductivos. Por poner un ejemplo, en muchos casos la policía otorga menos credibilidad a las mujeres con discapacidad cuando denuncian un delito o un caso de violencia de género, incluso en casos de violación.

 

Para combatir los estereotipos de género persistentes, que designan conductas y elecciones ‘típicas’ o ‘normales’ a las niñas y mujeres y a los niños y hombres, el EDF recomienda que la Comisión Europea adopte las siguientes medidas:

 

  • Medidas de sensibilización en materia de estereotipos con enfoque interseccional, para así garantizar que las mujeres y niñas con discapacidad no sufran discriminación múltiple o formas interseccionales de discriminación, y así padecer violaciones adicionales de sus derechos.

  • Instar a las escuelas y otros centros educativos a abordar cuestiones de igualdad de género en sus programas escolares desde edades tempranas, incluyendo desde un enfoque interseccional, para así garantizar la representación de todas las mujeres y niñas, para que reciban información sobre sus derechos, y para que puedan participar en estos debates.

  • Financiación de proyectos e iniciativas por parte de la sociedad civil y de las autoridades nacionales para eliminar los estereotipos basados en el género, dando prioridad a aquellas iniciativas que incorporen un enfoque interseccional.

  • Recopilar datos desagregados sobre la prevalencia de los distintos estereotipos de género entre la población europea.

  • Apoyar la participación de las mujeres con discapacidad en los movimientos de mujeres y los movimientos a favor de la igualdad de género en calidad de modelos positivos para el cambio, y proporcionar financiación para que las mujeres y niñas con discapacidad puedan formar parte de organizaciones representativas o crearlas.

 

4. Abordar la tasa baja de empleo y la pobreza

 

Las mujeres con discapacidad corren más riesgo de encontrarse en situación de desempleo y de pobreza frente a las demás mujeres y a los hombres con discapacidad. Además, las estadísticas señalan que el 29,5% de las mujeres con discapacidad de la Unión Europea se encuentra en riesgo de pobreza y exclusión social, frente al 27,5% de los hombres con discapacidad.

 

A fin de fomentar la participación de la mujer en el mercado laboral y abordar las brechas en materia de empleo, salarios y pensiones que contribuyen a la pobreza, el EDF recomienda que la Comisión Europea adopte las siguientes medidas:

 

  • Desarrollar medidas específicas para la participación activa en el mercado laboral dirigidas a colectivos específicos de mujeres, incluidas las mujeres y niñas con discapacidad.

  • Asegurar la sensibilización sobre los derechos, incluidos los derechos al trabajo y al empleo, con atención especial a la accesibilidad y los ajustes razonables, conforme a la CRPD de Naciones Unidas.

  • Mejorar la aplicación de la legislación de la UE; por ejemplo, a través de medidas para mejorar el acceso a la justicia y para fortalecer los organismos de igualdad.

  • Garantizar que el trabajo sea rentable económicamente para las mujeres, incluidas las mujeres con discapacidad (modificando las normativas tributarias y en materia de derechos de protección social, en caso de que sea posible y necesario). De forma particular, es preciso abordar la distribución desequilibrada del trabajo no remunerado de cuidado de las personas y las brechas persistentes en los salarios y las pensiones, garantizando que las mujeres y los hombres ganen lo mismo y compartan de manera equilibrada las tareas de cuidado a lo largo de sus vidas.

  • Empoderar a todas las mujeres para que tengan las mismas oportunidades que los hombres de desarrollar sus carreras profesionales y llegar a ocupar puestos de liderazgo en la empresa y en la política.

 

5. Garantizar presupuestos con perspectiva de género y de discapacidad

 

Al objeto de dar vida a la próxima estrategia de igualdad de género, la Comisión Europea debe garantizar asignaciones presupuestarias adecuadas para su aplicación. El EDF recomienda, además, que los fondos para el género y la discapacidad se pongan a disposición de las organizaciones de la sociedad civil, con atención específica a la interseccionalidad.