Reportaje

La infancia con discapacidad desde un enfoque de género: un análisis pendiente


Según la Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia de 2008, en España viven 60.400 niños y niñas con de 0 a 5 años con alguna discapacidad, de los que 36.400 son niños y 24.000 niñas. De 6 a 15 años la población infantil con discapacidad asciende a 78.300 niños y niñas, de los que 50.600 son niños y 27.000 niñas. De la población entre 16 a 18 años la Encuesta EDAD no ofrece datos.
Comité de seguimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Comit� de seguimiento de la Convenci�n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

El Comité de seguimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en la revisión realizada en el año 2011 al estado español, recomendó redoblar sus esfuerzos por promover y proteger los derechos de los niños y las niñas con discapacidad y emprender investigaciones sobre la violencia contra la infancia con discapacidad, adoptando medidas para erradicar esa violación de sus derechos. 

"El Comité de seguimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad recomendó al estado español redoblar sus esfuerzos por promover y proteger los derechos de los niños y las niñas con discapacidad y emprender investigaciones sobre la violencia contra la infancia con discapacidad, adoptando medidas para erradicar esa violación de sus derechos"

La violencia contra los niños y niñas es uno de los problemas sociales más invisibles. El “Informe sobre el Maltrato Infantil en la familia en España”, elaborado por el Centro Reina Sofía en el 2011, ya reflejaba el mayor riesgo al que se hallan expuestos los niños y niñas con discapacidad. De hecho, sufren mayores tasas de maltrato (23,08%) frente a los niños y niñas  sin discapacidad (3,87%). 

 

Comité de seguimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con DiscapacidadOtra  recomendación se centró en la necesidad de adoptar políticas y programas que aseguren el derecho de los niños y niñas con discapacidad a expresar sus propias opiniones. Sobre este particular el artículo 7.1 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad reconoce explícitamente que “Los Estados Partes tomarán todas las medidas necesarias para asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas”, siendo, pues, uno de sus derechos básicos el que se les garantice la posibilidad real de participar efectivamente en la toma de decisiones que les afecten.” Para conseguirlo  los niños y niñas con discapacidad tienen derecho “a recibir asistencia apropiada con arreglo a su discapacidad y edad para poder ejercer ese derecho”.

 

Asimismo  se señaló la importancia de desarrollar políticas públicas coordinadas dotadas de recursos suficientes para garantizar un acceso integrador a servicios de asistencia que incluyan servicios terapéuticos, de rehabilitación y de habilitación prestados con conocimiento de causa, así como a unos cuidados que abarquen las necesidades en las esferas de la salud y de la educación y la necesidades psicosociales de los niños y niñas con discapacidad, en particular durante la primera infancia.

 

Asimismo, el Comité de seguimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño alienta al Estado español a que prosiga e intensifique sus esfuerzos de promoción y protección de los derechos de los niños y niñas con discapacidad, teniendo en cuenta la Observación general Nº 9 del Comité del año 2006, específica sobre los derechos de los niños y niñas con discapacidad. También se recomienda realizar un estudio sobre la violencia ejercida contra los niños y niñas con discapacidad.

 

Otra de las recomendaciones realizada es continuar vigilando la situación de los niños y niñas de origen romaní, los de trabajadores migrantes, los niños y niñas extranjeros no acompañados y los que presentan discapacidad, quienes, pese al marco jurídico vigente, siguen sufriendo discriminación, asimismo debe elaborarse, en función de los resultados de dicha vigilancia, una estrategia amplia que incluya medidas específicas y objetivos concretos destinados a eliminar todas las formas de discriminación.

 

Como propuesta de mejora se señaló adecuar la legislación sobre protección de los derechos de los niños y niñas en la Ley 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, para que de forma transversal se incorporen aquellas disposiciones necesarias para proteger a los niños y niñas con discapacidad, de acuerdo a los principios y derechos de la Convención. 

 

Portada del 'Estudio sobre la situación de los niños y niñas con discapacidad en España'Así la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, principal marco regulador de los derechos de los y las menores de edad, hace alusión en su Preámbulo a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.

 

Las modificaciones de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor se refieren, básicamente, a la adaptación de los principios de actuación administrativa a las nuevas necesidades que presenta la infancia y la adolescencia en España, tales como la situación de los menores extranjeros, los que son víctimas de violencia y la regulación de determinados derechos y deberes. 

 

Por otra parte, se realiza una profunda revisión de las instituciones del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. Concretamente los artículos 5 y 7 sufren modificaciones derivadas de la ratificación por España de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad y la necesidad de adaptar la regulación.

 

El II Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2013 - 2016 recoge en su objetivo nº 4, sobre Protección e Inclusión social, el deber de potenciar la atención e intervención social a la infancia y adolescencia en situación de riesgo, desprotección, discapacidad y/o en situación de exclusión social, estableciendo criterios compartidos de calidad y prácticas susceptibles de evaluación.

 

Por su parte la Estrategia Española de Discapacidad 2012–2020 recoge que la información estadística relativa a las niñas y niños y adolescentes de 0 a 18 años se ha de desagregar por sexo, edad, situación de discapacidad y hábitat. Además, se debe impulsar la detección precoz de las necesidades educativas especiales, o reducir la tasa de abandono escolar prematuro en esta población a un nivel inferior al 15%, entre otras. 

"El marco legal y los planes y estrategias vigentes tienen en cuenta a la infancia con discapacidad, pero como suele ocurrir en estos casos, no existe un enfoque que tome en consideración la situación de desigualdad por razón de género, ni se ha realizado un diagnóstico de situación desde este enfoque"

Como puede observarse el marco legal y los planes y estrategias vigentes tienen en cuenta a la infancia con discapacidad, pero como suele ocurrir en estos casos, no existe un enfoque que tome en consideración la situación de desigualdad por razón de género, ni se ha realizado un diagnóstico de situación desde este enfoque.  

 

El estudio realizado por Unicef sobre la situación de los niños y las niñas con discapacidad en España en el año 2013 señala en primer lugar la falta de estudios concretos sobre la realidad de este sector de la población. 

 

En este sentido, este estudio alude al Informe sobre el Estado Mundial de la Infancia 2013, dedicado precisamente a “Niñas y niños con discapacidad”, donde se señala que “la exclusión suele ser consecuencia de la invisibilidad” y “una sociedad no puede ser equitativa a no ser que todos los niños y niñas estén incluidos, y los que presentan alguna discapacidad no pueden estarlo a no ser que sean visibles por medio de una recopilación de datos y un análisis sólidos”.

 

Este es uno de los principales problemas detectados en nuestro país. Aunque tanto la Estrategia Española de Discapacidad, como el II Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2013-2016, recogen este mandato, sin embargo, los déficits en este ámbito son más que evidentes, especialmente si se pretende analizar los datos teniendo en cuenta diferentes variables como por ejemplo el sexo, edad, discapacidad, etc. 

"Aunque tanto la Estrategia Española de Discapacidad, como el II Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2013-2016, recogen el mandato de realizar estudios específicos sobre este sector de la población, sin embargo, los déficits en este ámbito son más que evidentes, especialmente si se pretende analizar los  datos teniendo en cuenta diferentes variables como por ejemplo el sexo, edad, discapacidad, etc."

Portada de la 'Convención sobre los derechos del niño'Tan solo la Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia (EDAD-2008) antes citada,  aparece como la única fuente general a nivel nacional que incluye a los niños y a las niñas con discapacidad, aunque también esta encuesta tiene el problema de no ofrecer adecuadamente datos desglosados por sexo, edad y discapacidad. A esto hay que unir el problema de que se trata de Encuestas que se realizan mediando periodos de tiempo muy amplios, de hecho la anterior a la del 2008 data de 1999.

 

Sin duda tener a disposición un diagnóstico de situación es un paso clave a la hora de diseñar políticas públicas apropiadas en este ámbito, ya sean específicas, ya sean transversales, ya que una consideración fundamental a la que se ha de atender, de forma transversal, en todas las medidas y políticas que se adopten, es la necesidad de considerar adecuadamente la especial vulnerabilidad de los diferentes grupos de niños y niñas con discapacidad. 

 

Otra grave cuestión pendiente es la falta de consolidación de la educación inclusiva de calidad en nuestro país, al existir, tal y como señala el informe de Unicef “una mala comprensión de lo que significa el derecho a la educación inclusiva por parte de las autoridades políticas españolas y que se ha trasladado a la vigente normativa nacional y a la interpretación que de ella se hace.”

 

Un problema fundamental es que el sistema educativo, aún contempla la posibilidad de que los niños y las niñas con discapacidad puedan ser segregados para recibir su educación en centros de educación especial, modelo que no se adecúa al actual sistema internacional y nacional de los derechos humanos.

"Otra grave cuestión pendiente es la falta de consolidación de la educación inclusiva de calidad. Si analizamos, además, cómo funciona el sistema educativo español en todo lo relacionado con la diversidad en su sentido más amplio, que incluiría una política educativa con enfoque de género, nos damos cuenta del enorme camino que aún queda por recorrer" 

Si analizamos además cómo funciona el sistema educativo español en todo lo relacionado con la diversidad en su sentido más amplio, que incluiría una política educativa con enfoque de género, nos damos cuenta del enorme camino que aún queda por recorrer.  Realizar este acercamiento a la realidad de la infancia con discapacidad en España desde un enfoque de género es además un imperativo. 

 

El “2º Manifiesto de los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad de la Unión Europea. Una herramienta para activistas y responsables políticos”, afirma categóricamente que “las mujeres y niñas con discapacidad siguen quedando al margen de todos los movimientos de derechos humanos”. Así, hay determinadas áreas que deben ser analizadas con un especial detenimiento, como por ejemplo, el tema de la violencia. El CERMI ha denunciado que la discriminación que sufren las mujeres y niñas con discapacidad en la sociedad patriarcal se traduce en una cultura de impunidad de la violencia. 

 

El Informe de Unicef señala además que las niñas con discapacidad se enfrentan a particulares formas de violencia, como es la esterilización forzosa, que entra en colisión frontal con lo establecido en el artículo 23.1 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en cuanto que éste prohíbe la discriminación por razón de discapacidad, de manera que los niños y las niñas con discapacidad “mantengan su fertilidad en igualdad de condiciones con los demás”. 

"El Informe de Unicef sobre la situación de los niños y las niñas con discapacidad en España señala además que las niñas con discapacidad se enfrentan a particulares formas de violencia, como es la esterilización forzosa, que entra en colisión frontal con lo establecido en el artículo 23.1 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad"

Por su parte, el “2º Manifiesto de los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad de la Unión Europea. Una herramienta para activistas y responsables políticos”, exige que “nunca se practique la esterilización forzosa o el aborto coercitivo. Si una mujer con discapacidad es incapaz de dar su consentimiento, el consentimiento de la familia o de la persona que represente a la niña o mujer con discapacidad (si se requiere por ser menor de edad o por una incapacitación judicial previa), debe basarse siempre en el respeto de los derechos humanos y la voluntad de la mujer o niña con discapacidad. Es responsabilidad también del personal médico garantizar que la mujer o niña con discapacidad sepa que la intervención médica llevará a la esterilización y conozca las consecuencias de este hecho para su futuro”. 

 

Otro problema al que nos enfrentamos es la inexistencia en nuestro país de un derecho a la atención temprana, entendida, siguiendo la definición del Libro blanco de la atención temprana de la Federación Estatal de Asociaciones de Profesionales de Atención Temprana (GAT), como “el conjunto de intervenciones, dirigidas a la población infantil de 0-6 años, a la familia y al entorno, que tienen por objetivo dar respuesta lo más pronto posible a las necesidades transitorias o permanentes que presentan los niños con trastornos en su desarrollo o que tienen el riesgo de padecerlos. Estas intervenciones, que deben considerar la globalidad del niño, han de ser planificadas por un equipo de profesionales de orientación interdisciplinar o transdisciplinar.” 

 

Este déficit en nuestro sistema fue remarcado por el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad al expresar su inquietud “por la falta de pronta identificación de los niños con discapacidad y por la falta de intervención de las familias y de apoyo prestado con conocimiento de causa a los niños con discapacidad, lo que pone en peligro su pleno desarrollo…” 

 

Finalmente y siguiendo el informe de Unicef, la falta de apoyo a las familias es otra cuestión pendiente en el mapa de políticas públicas. Se estima que en España hay 150.000 familias con un niño o una niña con discapacidad entre sus miembros. El Plan Integral de Apoyo a la Familia 2015-2017 incluye dentro de los colectivos familiares de atención prioritaria a las familias con personas con discapacidad.  

 

En este sentido, las organizaciones sociales de la discapacidad han exigido siempre la puesta en marcha de medidas de apoyo a estas familias, ya que  frecuentemente sus miembros tienen dificultades añadidas en los ámbitos educativos, laborales y sociales, y presentan mayores tasas de pobreza y exclusión social. 

 

Este Plan reconoce un tratamiento fiscal favorable a las familias con niños y/o niñas con discapacidad, incluye también medidas específicas en materia de vivienda, mejora la prevención y detección desde los servicios sociales, sanitarios y educativos de las familias con un miembro con discapacidad o medidas para prevenir la violencia en las familias entre otras cuestiones, todas ellas positivamente valoradas. Teniendo en cuenta que las principales cuidadoras de niños y niñas siguen siendo las mujeres, estas medidas de apoyo a las familias, redundarán favorablemente en ellas.