Editorial

Cuando el odio se convierte en delito


Puede cometer un delito de odio cualquier persona que manifieste rechazo a ciertos colectivos por motivos relacionados a la diversidad sexual, discapacidad o cualquier otra razón de discriminación que atente contra la dignidad de la persona. En el año 2016, se cometieron 262 delitos basados en la discapacidad lo que supone un repunte del 15% respecto a los datos de año 2015.
Cartel del Ministerio del Interior contra los delitos de odio
Cartel del Ministerio del Interior contra los delitos de odio

Cartel del Ministerio del Interior contra los delitos de odioEn el Código Penal español se establecen penas de hasta 4 años de prisión para quienes “fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad”.

 

Asimismo, se establece la misma pena para aquellos que “distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia”.

 

Relación de datos sobre delitos de odio elaborado por el Ministerio del InteriorLos preceptos del Código Penal, penalizan la incitación al odio y a la hostilidad contra grupos o personas por su pertenencia a cierta religión, etnia, origen, sexo, enfermedad, discapacidad u orientación sexual. De igual manera, castiga a quienes difundan material que fomente o promueva dicho odio o violencia, así como la negación pública o el enaltecimiento de los delitos cometidos contra grupos o personas, por razón de su pertenencia a una determinada religión, etnia, origen, sexo, enfermedad u orientación sexual.

 

Igualmente, serán castigadas con penas de prisión de hasta 2 años, las conductas atentatorias contra la dignidad consistentes en una “humillación, menosprecio o descrédito” de dichas personas o grupos de personas.

 

El Ministerio del Interior la publicado recientemente el informe 2016 sobre Incidentes relacionados con los delitos de odio en nuestro país. 

 

7 fueron los delitos por antisemitismo, 10 los de aporofobia, 47 los delitos basados en discriminación de las  creencias o prácticas religiosas, 262 los delitos por motivo de discapacidad, 230 por orientación o identidad sexual, 416 los delitos racistas y xenófobos, 259 los fundamentados en la ideología y 41 los delitos por discriminación por razón de sexo/género.