En los últimos días CERMI ha planteado al Congreso renovar íntegramente la redacción de este artículo 49 con el objetivo de consagrar en el máximo texto normativo de nuestro país una terminología que respete la autodesignación que las propias personas con discapacidad, mujeres y hombres, han consensuado, y que, además, aparece recogida en la Convención sobre los Derechos de las Personas con discapacidad, vigente en España desde 2008.
No faltarán quienes consideren anecdótica la propuesta ya que, argüirán, siendo tantas las discriminaciones a las que tienen que enfrentarse a día de hoy las personas con discapacidad reparar en las palabras resulta insustancial y desvía la atención del objetivo principal.
Eso es lo que ha pasado precisamente con la propuesta de revisar la Constitución para garantizar que se emplee un lenguaje inclusivo. De hecho, la Real Academia de la Lengua Española trabaja ya en un informe acerca de esta cuestión y sobre el que ya ha tenido ocasión de pronunciarse el director de dicha institución… y no precisamente apoyando la iniciativa. Expresamente señaló Darío Villanueva que no veía la más mínima posibilidad de reformar nada en la Constitución y objetó el cuestionamiento al masculino genérico que el texto utiliza.
Es sobradamente conocida la postura de la RAE al respecto y sus críticas a la aplicación de guías sobre lenguaje no sexista elaboradas desde distintos ámbitos, políticos, profesionales y académicos.
Entendemos que la reforma propuesta desde el ámbito de la discapacidad no generará tanta animadversión, pero esperamos que cuando ésta se produzca se tenga en consideración el hecho obvio de que las personas con discapacidad también tienen género.