Opinión

La toma en consideración del género en el sistema penitenciario


La Fundación CERMI Mujeres aportó su visión sobre las mujeres con discapacidad privadas de libertad en el seminario: ‘Personas con discapacidad en el medio penitenciario: una visión de derechos humanos’ realizado por el CERMI, el pasado 8 de mayo, en la sede de Salud Mental España.
Patricia Cuenca presentando su publicación en el seminario organizado por el CERMI ‘Personas con discapacidad en el medio penitenciario: una visión de derechos humanos’
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Patricia Cuenca presentando su publicación en el seminario organizado por el CERMI ‘Personas con discapacidad en el medio penitenciario: una visión de derechos humanos’Desde la FCM no tenemos un análisis acerca de cuál es la situación de las mujeres con discapacidad reclusas en nuestro sistema penitenciario. Por supuesto, conocemos el análisis sobre la legislación en esta materia llevada a cabo por la profesora de la Universidad Carlos III, Patricia Cuenca, y que ha sido presentado con motivo de la celebración del día 3 de mayo en la prisión de Navalcarnero en Madrid, así como el estudio recientemente publicado por el OED y que ha realizado Agustín Huete. 

 

Ambas investigaciones ponen de manifiesto cómo nuestro sistema penitenciario español sigue siendo claramente excluyente para las personas con discapacidad. De esta manera, el espacio que es la máxima expresión de exclusión social, como es una cárcel, reproduce estereotipos de todo tipo generando mayor exclusión y estigmatización entre las personas internas. 

 

Sabemos que según datos de la DGIP en España hay 58.828 personas reclusas de las cuales 4.997 son personas con discapacidad. De este total solamente el 7% son mujeres. Es decir, estamos hablando de 367 mujeres con discapacidad. Por supuesto, que sean tan pocas no es óbice para mostrar nuestra preocupación al respecto. 

 

Desde la FCM, nos interesa rastrear qué enfoques han sido adoptados en las investigaciones realizadas en nuestro país sobre el sistema penitenciario vigente desde el feminismo y la teoría de la interseccionalidad, es decir, tomando en consideración los distintos ejes de discriminación que operan sobre un individuo generando situaciones muy concretas de exclusión. 

 

En este sentido, queremos disertar fundamentalmente en los fallos que nuestro sistema penitenciario presenta a la hora de dar respuesta a la realidad de las mujeres reclusas, quedando pendiente completar este breve análisis con las conclusiones de las personas expertas procedentes de distintos sectores de la discapacidad, y con un análisis más profundo centrado en la interseccionalidad del género y la discapacidad en el sistema penitenciario, cuestión que nos corresponde realizar desde la Fundación CERMI Mujeres. 

 

Ciertamente hay experiencias muy interesantes en este sentido, así por ejemplo, los análisis realizados en torno a las población reclusa femenina de etnia gitana. Hay que tener en cuenta que en nuestro país la población femenina que cumple condena está formada en un 40% por mujeres extranjeras (muchas de ellas en situación irregular en nuestro país), mientras que la cuarta parte del 60% restante de población nacional está formada por mujeres de la comunidad gitana.  En estos estudios se analiza como el papel que juegan la construcción del género conectada con los estereotipos relacionados con la etnia.

 

Cuestiones clave que se estudian en estos análisis son, por ejemplo, la infraestructura construida (ahí tenemos mucho que aportar desde el movimiento de mujeres con discapacidad, ya que es una reivindicación histórica la obligación de realizar auditorías de accesibilidad en todas las infraestructuras destinadas a las mujeres para garantizar su plena inclusión).

 

Otras cuestiones relacionadas son la oferta real de servicios y actividades que existen en nuestras cárceles disponibles para las mujeres, así como las reformas legales puestas en marcha en nuestro país y que en última instancia resultan más gravosas para las mujeres reclusas. 

 

En este sentido, sobre el primer punto, siguen funcionando como prisiones Centros Tipo herederos de la tradición decimonónica, tema que ya abordó Foucault al hablar de las instituciones totales. Son estructuras basadas en la premisa del género neutro, en la que los módulos de mujeres se diseñan de manera similar al resto y, en principio, tanto reclusas como reclusos pueden acceder a las mismas oportunidades laborales, formativas y de ocio. Este modelo sin embargo esconde de nuevo un pretendido modelo «universal» masculino diseñado en función de las características y necesidades de los hombres.

 

El hecho de que sean menos las mujeres internas hace que sea más costoso organizar actividades diferentes, lo que se traduce en menos diversidad de opciones. Son menos y con menos espacio, produciéndose problemas de hacinamiento que han sido denunciados por el Defensor del Pueblo. Relacionado con los problemas de espacio destaca también la imposibilidad de realizar una adecuada clasificación penitenciaria: por edad, por grado, entre preventivas y penadas, discapacidad, etc.

 

Momento del debate: Demandas y buenas prácticas de la sociedad civil en relación con la garantía de los derechos de las personas con discapacidad internas en centros penitenciarios Como señala Ana Ballesteros en su investigación: ‘Cárceles y Mujeres. Los centros penitenciarios en España: desigualdad y reproducción de roles de género’ también hay que tener en cuenta que en los centros penitenciarios los mecanismos de control y seguridad no se adecuan a la generalidad de las mujeres presas y, mucho menos, a la presencia de menores en prisión. 

 

La seguridad a la hora de organizar la vida en prisión, en muchas ocasiones se impide el acceso de las mujeres a determinadas zonas y espacios de la prisión, que quedan vetados para este grupo. Un ejemplo de esta situación es la ausencia de espacios de enfermería para las mujeres, la imposibilidad de acceder a módulos terapéuticos, entre otras. 

 

Algo que parecería anecdótico es, por ejemplo, el diseño de las camas en las celdas. El hecho de que se utilicen literas afecta directamente a muchas personas con discapacidad física, por ejemplo, pero también, ha sido un elemento denunciado en estas investigaciones al detectarse que una parte de la población reclusa femenina en España son mujeres de etnia gitana mayores y con cierto sobrepeso, que acaban echando el colchón al suelo para dormir ante la imposibilidad de subir a la litera. 

 

Esta investigación citada también recoge interesantes testimonios que denuncia esa pretendida neutralidad de espacios y servicios en las cárceles españolas, así por ejemplos señalaba una interna: 

 

“Lo fácil, es decir, tienen las habitaciones idénticas, todo igual, son tratadas igual. Ése es el discurso fácil, pero eso es falso. Es falso desde el momento que no te puedes mover, que no puedes elegir, que no puedes ir a panadería, porque allí solo hay hombres... para trabajar en la cocina te ponen el turno de limpieza, pero no el de cocina. Hay factores de discriminación que se mantienen y se perpetúan y lo malo de este esquema es que el centro tipo lo tapa, de alguna manera lo disimula, lo enmascara.”

 

Finalmente, señalar que hay también ciertas reformas legales que afectan de manera directa a las mujeres internas. En España la mitad aproximadamente de las mujeres que cumplen condena lo hacen por delitos contra la salud pública, fundamentalmente por tráfico de drogas, y por delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico (robos, estafas, alzamiento de bienes). Son delitos además que, por lo general, no generan alarma social, solo excepcionalmente (no son como los delitos de carácter sexual, cometidos fundamentalmente por hombres). 

 

El hecho de que hayan aumentado las penas para delitos de narcotráfico incide directamente en la mitad de toda la población reclusa femenina española. A esto hay que unir el hecho de que en las cárceles, generalmente, los departamentos de mujeres ofrecen muchas menos opciones reales para la concesión de terceros grados que les permitan acceder a un régimen abierto, lo que implica que las mujeres presas tienen que cumplir lo que llamamos la última etapa de su condena en las mismas condiciones penitenciarias que al inicio del cumplimiento de la pena. Sin duda alguna es un hecho que discrimina evidentemente a las mujeres, además dándose la paradoja que la mujer ofrece una menor conflictividad dentro de las prisiones.

 

Esas son todas cuestiones muy relevantes que deben ser tomadas en cuenta a la hora de estudiar y ofrecer alternativas desde un enfoque integrado de género e interseccional al sistema penitenciario español, conjuntamente por supuesto con todas las aportaciones realizadas en este seminario desde el enfoque de la discapacidad, de tal manera que los mandatos jurídicamente contraídos por nuestro estado al ratificar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujeres cobre efectiva vigencia en nuestro sistema penitenciario.

 

Aquí tienes el vídeo accesible de todo el seminario ‘Personas con discapacidad en el medio penitenciario: una visión de derechos humanos’:

 

 

 

Seminario Red de Defensa Legal de las Personas con Discapacidad 2019. Personas con discapacidad en el medio penitenciario from CERMI on Vimeo.